Calculadora de Términos Judiciales & Radar Procesal
Cálculo exacto en días hábiles judiciales bajo las directrices del Artículo 118 del Código General del Proceso (CGP), CPACA y Laboral. Descuenta automáticamente sábados, domingos, festivos 2026, vacancia judicial e integra la Ley 2213 de 2022.
Tabla Canónica de Términos Procesales en Colombia
Consolidado normativo de los plazos legales más frecuentes del Código General del Proceso (CGP), CPACA, CPTSS y Acciones Constitucionales.
| Acto Procesal / Memorial | Término Legal | Cómputo | Norma de Origen | Exclusiones Obligatorias |
|---|---|---|---|---|
| Recurso de Reposición (contra autos) | 3 días | Hábiles | Art. 318 CGP | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Recurso de Apelación (autos fuera de audiencia) | 3 días | Hábiles | Art. 322 CGP | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Recurso de Queja (denegación de apelación/casación) | 3 días | Hábiles | Art. 353 CGP | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Contestación de Demanda (Proceso Verbal) | 20 días | Hábiles | Art. 369 CGP | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Contestación de Demanda (Verbal Sumario) | 10 días | Hábiles | Art. 391 CGP | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Traslado de Excepciones Previas | 3 días | Hábiles | Art. 101 CGP | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Traslado / Contradicción de Dictamen Pericial | 3 días | Hábiles | Art. 228 CGP | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Subsanación de Demanda Inadmitida | 5 días | Hábiles | Art. 90 CGP | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Fallo de Acción de Tutela (Primera Instancia) | 10 días | Hábiles | Art. 86 C.P. y Dec. 2591/91 | Fines de semana y festivos |
| Impugnación de Fallo de Tutela | 3 días | Hábiles | Art. 31 Dec. 2591/91 | Fines de semana y festivos |
| Derecho de Petición General (Respuestas) | 15 días | Hábiles | Ley 1755 de 2015 | Fines de semana y festivos oficiales |
| Derecho de Petición de Documentos / Información | 10 días | Hábiles | Art. 14 Ley 1755/2015 | Fines de semana y festivos oficiales |
| Contestación Demanda Ordinaria Laboral | 10 días | Hábiles | Art. 74 CPTSS | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Apelación de Auto en Proceso Laboral | 5 días | Hábiles | Art. 65 CPTSS | Fines de semana, festivos y vacancia |
| Legalización de Captura (Control Garantías) | 36 horas | Continuas / Calendario | Art. 28 C.P. y Ley 906/04 | Ninguna (24/7 sin interrupción) |
Doctrina y Jurisprudencia sobre Términos Judiciales
Criterios unificados de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado.
Regla del Día Inicial (Art. 118 CGP)
El día en que se produce o notifica la providencia judicial no se cuenta. Todo término de días empieza a correr a partir del primer día hábil siguiente a aquel en que queda legalmente surtida la notificación.
Notificación Virtual (Art. 8 Ley 2213 de 2022)
Cuando la notificación se efectúa por correo electrónico o mensaje de datos, se otorgan dos (2) días hábiles de gracia posteriores al envío del mensaje antes de que la providencia se entienda notificada. El término corre a partir del tercer día hábil.
Cómputo de Meses y Años (De Fecha a Fecha)
Los términos de meses o años no se computan en días hábiles. Corren de fecha a fecha continuo (Art. 118 CGP). Vencen el día correspondiente del respectivo mes o año, trasladándose al siguiente día hábil solo si el día de vencimiento es inhábil.
Hora Límite de Radicación (Art. 109 CGP)
Los escritos deben radicarse antes del cierre del despacho judicial (4:00 PM o 5:00 PM). A pesar de la existencia de canales virtuales, radicar a las 23:59 horas genera grave riesgo de ser considerado extemporáneo por ingresar fuera del horario hábil judicial.
Preguntas Frecuentes sobre Términos Judiciales en Colombia
Respuestas autorizadas con fundamentación legal exacta para litigantes, dependientes judiciales y estudiantes.
1. ¿Hasta qué hora del día se puede radicar un memorial (23:59 vs. Cierre de Despacho)?▼
Bajo el Artículo 109 del CGP y reiterada jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Suprema, los memoriales deben ingresar antes de la hora de cierre del despacho judicial (habitualmente 4:00 PM o 5:00 PM según el acuerdo distrital). Aunque el sistema informático reciba el mensaje a las 23:59 horas, la secretaría computará formalmente su ingreso al día hábil siguiente, lo que suele derivar en la declaración de extemporaneidad y rechazo del recurso.
2. ¿Cómo se cuentan los términos judiciales en días hábiles en Colombia?▼
Conforme al Artículo 118 del CGP, el día en que se notifica la decisión no se computa. El conteo inicia el primer día hábil siguiente. Se descuentan obligatoriamente sábados, domingos, festivos oficiales de la Ley Emiliani (Ley 51/1983) y la vacancia judicial colectiva de fin de año (20 de diciembre al 10 de enero) y Semana Santa.
3. ¿Cómo funciona la notificación electrónica bajo la Ley 2213 de 2022?▼
El Artículo 8 de la Ley 2213 de 2022 establece que al notificar por correo electrónico o mensaje de datos, se confieren dos (2) días hábiles de gracia contados a partir del envío del mensaje. Solo transcurridos esos dos días hábiles se entiende surtida la notificación, por lo que el término procesal empieza a correr al tercer día hábil siguiente.
4. ¿Cómo se computan los plazos fijados en meses o años (Caducidad / Prescripción)?▼
Los plazos fijados en meses o años (como los 4 meses de caducidad en nulidad y restablecimiento del derecho, o 1 año para amparo de pobreza) se computan de fecha a fecha, en días calendario corridos (Art. 118 CGP). No se suspenden por festivos ni vacancias. Si el día de vencimiento cae en día inhábil, se traslada al primer día hábil siguiente.
5. ¿Por qué en la jurisdicción penal y garantías no aplican los días hábiles?▼
En materia penal sustancial y constitucional (Ley 906 de 2004 y Ley 1095 de 2006 de Hábeas Corpus), los términos que resuelven la libertad individual (como las 36 horas de captura) son continuos e improrrogables. Los juzgados penales municipales con función de control de garantías operan de manera permanente las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
6. ¿Qué ocurre si la plataforma de la Rama Judicial (Samai / SIUGJ / Tyba) sufre fallas?▼
Si por fuerza mayor o indisponibilidad técnica del sistema de radicación electrónica no es posible presentar el memorial, el término se suspende automáticamente conforme al artículo 118 del CGP. El abogado debe conservar capturas de pantalla, tickets de soporte de la Judicatura o la constancia de indisponibilidad para radicar válidamente a primera hora hábil siguiente al restablecimiento.
7. ¿En cuáles despachos judiciales NO hay vacancia judicial colectiva?▼
Bajo la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (Ley 270 de 1996), la vacancia colectiva no aplica a: 1) Juzgados penales con funciones de control de garantías. 2) Juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad. 3) Juzgados promiscuos de familia en conocimiento de medidas urgentes de protección. Estos despachos laboran con turnos individuales.
8. ¿Pueden las partes de común acuerdo modificar o renunciar a un término (Art. 119 CGP)?▼
Sí. El Artículo 119 del CGP consagra expresamente que las partes pueden renunciar total o parcialmente a los términos instituidos en su exclusivo interés, así como solicitar conjuntamente la suspensión del proceso hasta por seis (6) meses continuos.
9. ¿Esta calculadora descuenta la totalidad de festivos de Colombia en 2026?▼
Sí. La calculadora incorpora los 18 días feriados oficiales de Colombia para 2026 establecidos bajo la Ley 51 de 1983 (Ley Emiliani), incluyendo traslados a días lunes, Semana Santa y fiestas patrias inamovibles.
10. ¿Mis radicados y expedientes quedan guardados en servidores externos?▼
No. Por reserva procesal y protección de datos judiciales (Ley 1581 de 2012), todos los términos monitoreados se guardan exclusivamente en el almacenamiento local de tu navegador (LocalStorage). Ninguna información viaja ni se registra en bases de datos externas.